Guía completa de impuestos en la compra venta de inmuebles en Cusco. Comprar o vender un inmueble en Cusco y en general en Perú es un proceso emocionante pero también puede ser complicado.
Además de buscar el inmueble perfecto, es importante considerar los impuestos asociados a la compra o venta del mismo. En este artículo, hablaremos de los impuestos más comunes en la compraventa de un inmueble en Cusco.
- Impuesto a la Renta
El impuesto que se paga cuando vendes un inmueble es una especie de «impuesto a las ganancias». Básicamente, se trata de la diferencia entre lo que te costó adquirir la propiedad (lo que se llama «costo computable») y el precio de venta. El que tiene que pagar este impuesto es el vendedor, aunque a veces no es fácil determinar el valor de adquisición. Por ejemplo, si alguien te donó una propiedad, es difícil saber cuál es su valor original.
En estos casos, se toma como referencia el valor de venta mínimo que establece la Municipalidad, que no puede ser menor al valor que se le ha dado al inmueble para el impuesto predial. También hay que considerar el reajuste que hace el Ministerio de Economía y Finanzas para la corrección monetaria.
La ganancia obtenida por la venta del inmueble está gravada con un impuesto a la renta de segunda categoría. Este impuesto equivale a un 5% de la ganancia, que se considera como un pago definitivo. Es importante mencionar que no se tiene que pagar este impuesto si la propiedad se adquirió antes del 1 de enero del 2004.
La obligación de pagar este impuesto surge en el momento en que se celebra el contrato de compra venta y se verifica por el notario para que el documento se eleve a escritura pública.
2. Impuesto de Alcabala
Cuando compras una casa, departamento o terreno, hay un impuesto que tienes que pagar. Este impuesto se llama Impuesto de Alcabala y lo tiene que pagar el comprador. La tasa de este impuesto es del 3% del precio de venta, pero no puede ser menor al valor que la municipalidad asigna al inmueble. Ah, y los primeros S/. 42,000 soles del precio no están incluidos en el cálculo del impuesto. Es decir, están «libres» de impuestos.
Este impuesto se tiene que pagar en el mes siguiente a la compra del inmueble, pero hasta el último día hábil del mes.
- Impuesto Predial
Este es un impuesto anual que se le cobra a todo aquel que sea dueño de una casa, departamento o terreno en la ciudad. El valor de este tributo depende del autovalúo del predio, y lo tienes que pagar una vez al año.
Si tienes una propiedad en tu nombre desde el 1 de enero del año, es tu responsabilidad pagar este impuesto. Si vendes la propiedad en algún momento, tendrás que pagar el impuesto correspondiente al tiempo que fuiste dueño de la propiedad durante ese año.
Es importante que sepas que si alquilas una propiedad, el impuesto es responsabilidad del dueño de la propiedad, no del inquilino.
El impuesto varía según el valor del autovalúo de la propiedad, que depende del tamaño de la construcción y los materiales utilizados. Si eres un pensionista y sólo tienes una propiedad que es tu hogar, podrías tener un beneficio de no pagar los primeros 50 UIT, lo que significa que sólo tendrás que pagar el excedente.
Si compras una propiedad, tienes que declarar la compra ante la Municipalidad antes del último día hábil de febrero del año siguiente.
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Enrique L. Gonzalez
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